A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Proteccion Sa·Respondent Ese Hospital Nuestra Señora Del Pilar
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Seguridad social de empleado público o miembro de corporación pública
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 039 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 047 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, Sección Segunda, causado por una demanda ordinaria laboral instaurada por la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A., en contra de la E.S.E.
Hospital Nuestra Señora del Pilar y la Gobernación de Cundinamarca, para solicitar que se condene a la E.S.E. a que expida una certificación de tiempos y salarios válidos para bono pensional a través de Cetil, en donde la entidad demandada aparezca como responsable de unos periodos laborados por un ciudadano, en el cargo de médico y reconozca y pago la cuota parte de bono pensional causados en dichos periodos.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en el periodo objeto de reclamo, el accionante ostentaba, prima facie, la calidad de empleado público y la entidad responsable del régimen pensional era de naturaleza pública -E.S.E.
Hospital Nuestra Señora del Pilar- En tal sentido, la Sala Plena concluye que el caso se ajusta a la regla de decisión del Auto 504/23, que asigna la competencia del asunto a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 039 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 047 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 047 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A. en contra de la E.S.E Hospital Nuestra Señora del Pilar y la Gobernación de Cundinamarca.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6475 al Juzgado 047 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, así como al Juzgado 039 Laboral del Circuito de Bogotá.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.